FEDERACIÓN DE ENTIDADES RELIGIOSAS EVANGÉLICAS DE ESPAÑA

Ser miembro de FEREDE

FEREDE agrupa a la mayor parte de las entidades evangélicas y, a través de la cual, las iglesias pueden ser beneficiarias de la Ley 24/1992 de los Acuerdos de Cooperación, es decir, las iglesias evangélicas que se integran en FEREDE tienen derecho a los beneficios que constan en esta Ley. Además, tienen a su disposición los servicios especialmente diseñados para ayudar a las entidades en sus asuntos cotidianos.

¿Por qué ser miembro de FEREDE?

Las entidades que se integran en FEREDE se unen a la historia de los que precedieron y que defendieron y lucharon por la libertad religiosa. Se unen a un legado histórico, y se fortalece un ministerio común. No solo se forma parte de las relaciones con el Estado, también se toma parte de decisiones comunes que afectan a todos.

Ley 24/1992 Acuerdos de Cooperación

Se le aplican los beneficios de los Acuerdos de Cooperación (Ley 24/1992) y otras normas. (protección de los lugares de culto, de los ministros de culto, regulación especial de la asistencia religiosa en cárceles hospitales y fuerzas armadas, enseñanza religiosa en colegios públicos, matrimonio civil celebrado en forma religiosa, estatuto de las Iglesias y entidades religiosas, beneficios fiscales etc.)

Notorio arraigo

A las Iglesias evangélicas o protestantes agrupadas en FEREDE se les reconoce el notorio arraigo

Fin social positivo

Se considera como entidad con un fin social positivo. Este beneficio se obtiene no solo de los Acuerdos de Cooperación, sino de otras normas posteriores como la Ley 49/2002, que van concediendo a las Iglesias con Acuerdos de cooperación los beneficios que son aplicables a las entidades benéficas y las que tienen una utilidad pública.

Voz común

Las entidades miembro tienen posibilidad de participar en la formación de una voz común que será presentada en nombre de FEREDE ante las autoridades.

Eventos de interés común

Participa en la toma de decisiones para la celebración de eventos de interés común. FEREDE celebra una reunión de Comisión Plenaria, equivalente a la Asamblea General, generalmente en el mes de marzo de cada año.

Servicio Común de Asistencia Religiosa

Participa del Servicio Común de Asistencia Religiosa Evangélica en centros penitenciarios, centros hospitalarios, Cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado y Centros de Internamiento de extranjeros.

Servicios para entidades evangélicas

Tiene acceso a los Servicios establecidos a favor de las entidades religiosas evangélicas.

Convenios y Acuerdos

Se beneficiará de los convenios y acuerdos que FEREDE firme a favor de sus entidades miembro, por ejemplo, con entidades bancarias para un trato favorable.

¿Qué requisitos hay que cumplir para ser miembro de FEREDE?

Las iglesias y entidades religiosas que quieran formar parte de FEREDE deben estar inscritas en el Registro de Entidades Religiosas.

Se requiere, además, acreditar el vínculo confesional evangélico, y suscribir la Base de fe de FEREDE así como aprobar y comprometerse a respetar sus Estatutos, Reglamento de Régimen Interno y otras normas aprobadas.

La solicitud de vinculación debe ser solicitada específicamente por la entidad interesada. Desde la Federación se solicitarán algunos documentos con el fin de poder acreditar el vínculo confesional evangélico así como la recomendación de ingreso del Consejo Evangélico donde esté ubicada o de iglesias próximas, para comprobar la buena relación con las iglesias de su área y mantener un buen testimonio común.
Una vez que se haya completado la solicitud, será revisada por la Comisión Permanente o por la Comisión Plenaria de FEREDE, la primera de ellas que se reúna, que son los órganos de la Federación que tienen la facultad de admitir nuevos miembros.

¿Qué deberes tienen las entidades miembro de FEREDE?

Los deberes de las entidades miembro de FEREDE se encuentran recogidos en los Estatutos de la Federación y se orientan al cumplimiento de los fines de la Federación así como de sus Estatutos, Reglamento de Régimen interno y cualquier otra norma que se apruebe. Las iglesias y entidades religiosas miembro deben responder positiva y jurídicamente a las obligaciones derivadas de los Acuerdos de Cooperación, y contribuir al presupuesto de la Federación a través de las cuotas que anualmente se aprueben por la Comisión Plenaria.
Scroll al inicio